Carta de derechos y deberes de la ciudadanía en relación con la salud y la atención sanitaria. Carta aprobada con carácter de documento programático por el Consell Executiu de la Generalitat de Cataluña. (25/08/2015):
- 1. Equidad o no discriminación de las personas
- 2. Protección y promoción de la salud y prevención de la enfermedad
- 3. Acceso al sistema sanitario
- 4. Intimidad y confidencialidad
- 5. Autonomía y toma de decisiones
- 6. Información sanitaria, documentación clínica y tecnologías de la información y la comunicación (TIC)
- 7. Calidad y seguridad del sistema
- 8. Constitución genética de la persona
- 9. Investigación y experimentación
- 10. Participación
Tenemos derecho a recibir una atención sanitaria equitativa, sin discriminación, que proteja las situaciones de vulnerabilidad y con un trato respetuoso.
Tenemos el deber de respetar y no discriminar a los profesionales, y también a las otras personas usuarias del sistema sanitario. En conformidad con el Código Penal, las agresiones contra los trabajadores del ámbito sanitario se pueden considerar delito de atentado siempre que las mismas se realicen en el ejercicio de sus funciones o con ocasión de éstas.
Tenemos derecho a disponer de seguridad ambiental y alimentaria en el entorno donde vivimos y a recibir una educación en salud que nos permita adoptar las medidas necesarias para proteger y promover la salud individual y colectiva.
Tenemos el deber de contribuir al cuidado y la mejora de nuestro entorno, velar por nuestra salud y la de las personas que están bajo nuestra responsabilidad, evitar riesgos para la salud otras personas y hacer un buen uso de las medidas preventivas.
Tenemos derecho a acceder a los servicios y las prestaciones sanitarias públicas en un tiempo adecuado de acuerdo con criterios clínicos, a obtener información sobre las prestaciones del proceso de atención, escoger profesionales y centros sanitarios en la atención primaria, disponer de información sobre los tiempos de espera y acceder a una segunda opinión en casos de especial trascendencia.
Tenemos el deber de utilizar de manera responsable las instalaciones y los servicios sanitarios, así como respetar los horarios programados y las normas de los centros donde nos atienen.
Tenemos derecho a disponer de nuestra información sanitaria de manera integrada, completa y segura y a recibir asesoramiento y recomendaciones sobre la información sanitaria disponible en la red.
Tenemos el deber de facilitar información veraz sobre nuestros datos y hacer un uso responsable de las nuevas tecnologías en relación con la salud y el sistema sanitario.
Tenemos derecho a preservar nuestra privacidad e intimidad en la atención, la confidencialidad de la información y nuestra libertad ideológica y religiosa.
Tenemos el deber de respetar la intimidad y la confidecialidad de las otras personas y su libertad ideológica y religiosa.
Tenemos derecho a recibir una atención sanitaria de calidad que garantice la continuidad asistencial y la seguridad clínica y personal, como también a conocer los medicamentos y productos del plan de medicación, las preparaciones de tejidos y muestras biológicas y el nivel de calidad de los centros asistenciales.
Tenemos el deber de facilitar la actualización de datos de la historia clínica y la correcta revisión del tratamiento, utilizar correctamente las prestaciones e identificarnos mediante la documentación requerida para garantizar nuestra seguridad clínica.
Tenemos derecho a disponer de toda la información y el apoyo necesarios para garantizar la dignidad y la autonomía en la toma de decisiones respecto del proceso de atención, para planificar las decisiones anticipadas y para poder vivir el proceso de final de vida de acuerdo con nuestro concepto de dignidad.
Tenemos el deber de corresponsabilizarnos de nuestro proceso asistencial y del de aquellas personas a las que representamos legalmente, consensuando las decisiones en caso de discrepancias.
Tenemos derecho a la confidencialidad de la información de nuestro genoma, disfrutar de las ventajas derivadas de las nuevas tecnologías genéticas y ser informados de los hallazgos inesperados derivados de pruebas genéticas.
Tenemos derecho a participar en proyectos de investigación, no ser excluidos, recibir la información, dar consentimiento previo, así como a conocer el retorno de las investigaciones y las iniciativas de innovación del proceso asistencial.
Tenemos derecho a expresar la opinión sobre el sistema sanitario y participar como agentes activos, tanto en el marco asistencial como de la investigación.
Tenemos el deber de conocer el sistema sanitario y estar informados para ejercer una participación responsable y con representatividad colectiva.